A continuación reproduzco un texto que sintetiza muy bien la obligación casi generalizada de declarar renta por el año 2014.
Tengase en cuenta que si bien los plazos empiezan a vencerse en agosto, el tiempo pasa rápido y es mejor empezar pronto a armar su propia declaración y sus soportes.
Tengase en cuenta que si bien los plazos empiezan a vencerse en agosto, el tiempo pasa rápido y es mejor empezar pronto a armar su propia declaración y sus soportes.
Ahora sí, la Dian puso a declarar a “Raimundo y todo el mundo”
Por: Ricardo SolarteLunes, 27 Enero 2014 05:00
En términos de salario, para ser objeto de declaración de renta por ingresos, una persona tendría que ganar un poco más de 3 millones de pesos mensuales.Foto: LAPATRIA.COM
Uno de los cambios más importantes en la declaración de renta para las personas naturales, que fue incluido en los decretos reglamentarios de la reforma tributaria, es el tope de ingresos brutos que debe alcanzar una persona durante el último año para estar obligada a declarar. Hasta el año pasado esos ingresos eran de 107 millones de pesos. Ahora se disminuyeron a 37 millones de pesos. Por eso, este año muchos se estrenarán como declarantes de renta.
Antes de la reforma tributaria la ley hablaba de asalariados, trabajadores independientes y demás personas naturales (comerciantes), para quienes establecía topes diferenciados en lo que tiene que ver con los ingresos brutos. Eran de 106, 85 y 36 millones de pesos respectivamente. Ahora, existen tres grupos: empleados, trabajadores por cuenta propia, y demás personas naturales. Y para todas establece el mismo tope en materia de ingresos brutos: 1.400 UVT, lo que equivale a $37.577.000. Así lo establece el decreto 2972 de 2013.
Se trata de ingresos brutos, razón por la cual ese monto no sería muy difícil de alcanzar. En términos de salario, para ser objeto de declaración de renta por ingresos, una persona tendría que ganar un poco más de 3 millones de pesos mensuales. Pero también estaría obligado a declarar alguien que gane, en promedio, dos millones de pesos, y que adicional a eso haya hecho un negocio en el año 2013 como vender un carro de 15 millones de pesos. Fácilmente sobrepasaría el rubro de los 37 millones de pesos en ingresos brutos.
Los demás requisitos para declarar, siguen siendo los mismos (cualquiera de ellos que se cumplan lo obligan a declarar):
1. Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2013 exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000).
2. Que los consumos mediante tarjeta de crédito excedan de dos mil a ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000).
3. Que el valor total de compras y consumos supere los dos mil ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000).
4. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos a inversiones financieras exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000).
En Colombia el año pasado declararon 1,4 millones de personas naturales, y con este cambio en el tope por ingresos serán muchos los que se sumen a esta responsabilidad. Se debe tener en cuenta que declarar renta no necesariamente significa tener que pagar. Es más, en algunos casos, esa declaración puede significar un saldo a favor para algunos, por las retenciones en exceso que le hayan hecho algunas personas jurídicas con las que tengan relaciones comerciales.
¿Qué hacer?
Lo primero debe hacer alguien que llegue nueva a este mundo de la declaración de renta es sacar su RUT. Esta es la identificación tributaria de todo contribuyente. Lo que sigue es estar atento del calendario de vencimientos en las que las personas naturales deben presentar su declaración de renta, que inicia el 12 de agosto y termina el 22 de octubre del 2014. Las fechas se establecen de acuerdo con los dos últimos dígitos del RUT. Ese calendario está en el decreto reglamentario 2972 de 2013 y será oficializado por la Dian de manera oportuna.
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